La Junta de Peritos.
Al realizar la propia
evaluación y al emitir un conclusión propia generalmente estará apoyando las
conclusiones de uno de los dos dictámenes previos, sin necesidad de decir que
uno de equivoco u otro está en lo correcto.
En
algunos juicios podrán existir dos dictámenes de la misma materia, es decir el
dictamen del perito oficial y el dictamen del perito de defensa, en este
caso dos dictámenes psicológicos emitidos uno por un psicólogo de defensa y
otro por el psicólogo oficial, generalmente un dictamen es ofrecido como prueba
por el abogado de defensa y el otro ha sido solicitado por el agente del
ministerio público. Cuando esto sucede generalmente existirán algunas
diferencias entre ambos informes y para aclarar dichas diferencias el Juez
mandará llamar a a los psicólogos para que en la Junta de Peritos, ambos
expongan los motivos de tales diferencias, entonces los dos tendrán su
oportunidad para explicar la metodología usada para llegar a sus conclusiones y
expondrán sus razonamientos para llegar a las mismas, ambos peritos se podrán
hacer preguntas y en algunas ocasiones se verá el caso en que un perito tratara
de demostrar que él tiene la razón y el otro perito está equivocado en sus
conclusiones. Los abogados de defensa y ministerio público también podrán hacer
preguntas a cualquiera de los peritos.
Finalmente,
se manifestaran los puntos de acuerdo y desacuerdo y el juez podrá tomar la
decisión de solicitar un perito tercero en discordia para tener mayor
objetividad en el asunto estudiado.
El
perito tercero en discordia.
Algunas
veces, ante las diferencia técnicas, metodológicas, teóricas o de cualquier índole
que pueda existir entre los dictámenes, el juez necesitará la intervención de
un tercer perito, el perito "tercero en discordia", para dar su
opinión profesional, para ayudarle a esclarecer el caso analizado.
Algunas
veces el juez le solicitara al psicólogo forense cual de los dos peritos esta
en lo correcto y cuál de los dos está equivocado, incluso se puede llegar el
caso en que se solicite al perito que analice ambos dictámenes y diga cual
contiene las conclusiones más acertadas.
El
psicólogo forense al intervenir como tercero en discordia, deberá en todo caso,
hacer su propia evaluación psicológica y emitir sus propias conclusiones.
Se leen y analizan los dictámenes previos, pero se debe evitar caer en
prejuicios motivados por alguno de dichos informes. Se debe ser objetivo e
imparcial al evaluar. Se debe analizar el caso a mayor profundidad,
Es
frecuente que el dictamen no contenga ninguna referencia o dato de los
dictámenes previos, ni se diga cuál de los dos está en lo correcto o cual de
los dos se equivocó.
1 comentario:
se puede revertir en una junta de peritos, el dictamen del tercer perito en discordia
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